Términos de Uso y Condiciones de Ingeniería
1. Aceptación de Condiciones Licitatorias y Técnicas
El ingreso e interacción con el dominio institucional de **Accuretta Soluciones Integrales S.A.S.**
(NIT: 900620722) atribuye la condición de usuario e implica la aceptación total de estas políticas.
Toda consulta de tarifas, variables de proyectos, especificaciones de hardware (LiDAR, MMS) o
Análisis de Precios Unitarios (APU) provista por este ecosistema digital tiene carácter estrictamente
consultivo preliminar y no constituirá oferta comercial vinculante hasta tanto sea validada formalmente
mediante los canales técnicos de william.rodriguez@accurettaingenieria.com.
2. Propiedad Intelectual sobre Entregables de Ingeniería
Las metodologías de procesamiento de nubes de puntos de alta densidad (.LAS / .LAZ), ortofotomosaicos, algoritmos de filtrado vegetal para Modelos Digitales de Terreno (MDT) y gemelos digitales representados en este portal son de propiedad exclusiva de Accuretta Soluciones Integrales S.A.S. Queda prohibida la reproducción parcial o total de esquemas, carteras de campo muestra o datos estruturados para licitaciones públicas de SECOP II sin el consentimiento expreso y escrito de la sociedad.
3. Limitación de Responsabilidad Geodésica
Si bien nuestros levantamientos cartográficos emplean posicionamiento diferencial GNSS enlazado rígidamente al marco geocéntrico nacional de referencia MAGNA-SIRGAS amarrados a la red CORS del IGAC, los datos de ejemplo e informes genéricos publicados en este portal no eximen al diseñador estructural de la ejecución de los estudios de suelos definitivos (ensayos SPT) exigidos en la Sección 3 del Decreto 1077 de 2015.
4. Cumplimiento Regulatorio Aeronáutico Operacional de Drones (RAC 100 / Aerocivil)
Todas las misiones aero-fotogramétricas y de escaneo LiDAR ejecutadas con Sistemas de Aeronaves No Tripuladas (UAS/drones) por Accuretta Soluciones Integrales S.A.S. se realizan bajo el estricto cumplimiento de la normativa aeronáutica vigente emitida por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil de Colombia (Aerocivil), regulada bajo el Reglamento Aeronáutico de Colombia (RAC 100) y la Resolución N° 00266 de 2024 / Resolución 04201 (reemplazando el Apéndice 13 del RAC 91). Todos nuestros pilotos e ingenieros operadores de drones están debidamente certificados por Centros de Instrucción Aeronáutica (CIAC) aprobados, cuentan con registro oficial de flota explotadora UAS ante Aerocivil, solicitudes de espacio aéreo aprobadas y pólizas vigentes de responsabilidad civil extracontractual en todo el territorio nacional.